En Ecuador, sí se oferta deshomosexualizar de forma clandestina

Organizaciones de la sociedad civil denuncian la existencia de estos centros de tortura, desde hace más de 19 años.

Personas de la población LGBTI viven constantemente bajo la amenaza de encierros contra su voluntad en establecimientos que ofertan terapias para “tratar” el consumo problemático de alcohol y drogas y, que de manera clandestina suministran terapias de “reconversión” o “deshomosexualización”. El Ecuador despenalizó la homosexualidad en noviembre de 1997 y, en 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció que la homosexualidad no es una enfermedad.

Sin embargo, en el año 2013, las investigaciones del Ministerio de Salud Pública ecuatoriano recogían la existencia de 268 centros de rehabilitación de adicciones que ofertaban ilegalmente tratamientos de “reorientación sexual". En el mismo año, el Estado ecuatoriano conformó la Mesa Interinstitucional para Políticas Integrales de Inclusión y Restitución de Derechos para la Población LGBTI. Para ello, la analista de Transversalización y Participación del Consejo Nacional para la Iguagualdad de Género (CING), Lidia García, afirma que: "En el marco de esta Mesa se trabajó una Ruta de denuncia y atención de casos de personas LGBTI recluidas contra su voluntad en Establecimientos que prestan servicios de tratamiento a personas con consumo problemático de alcohol y otras drogas (ESTAD) y demás organizaciones que promuevan servicios de reorientación sexual y otros tratamientos que y vulneren los derechos humanos, la misma que en este momento, una vez que el Ministerio Coordinador de Desarrollo se cerró en el 2017, se se encuentra en la Secretaría de Derechos Humanos.

Además, la analista menciona que en conformidad de esta Mesa se elaboró la “Política Pública Integral para Personas LGBTI y su Plan de Implementación 2016-201, pero no entró en vigencia por Decreto Ejecutivo. Desde el año 2016, el Estado ecuatoriano no ha actualizado ni aprobado, de manera oficial, dichas “Rutas de denuncia“ señaladas anteriormente.

Un patrón que se repite

Organizaciones de la sociedad civil como Taller de Comunicación Mujer (TCM) denuncian la existencia de las clínilas de deshomosexalización. Gracias a su monitoreo se han recogido testimonios en los que se logra evidenciar que: “Las dinámicas de control, imposición y violencia que se ejercen sobre personas LGBTI, provienen del entorno familiar”. El último estudio, realizado en el 2013, por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), revela que del total de la población LGBTI entrevistada, el 70,9% reportó que vivieron alguna experiencia de discriminación en su entorno familiar, de los cuales el 72,1% sufrió algún tipo de experiencia de control, el 74,1% experimentó algún tipo de imposición, el 65,9% sufrió rechazo y el 61,4% violencia.

De los relatos de las víctimas registrados por el Taller de Comunicación Mujere, se expone a continuación una lista de tratos crueles y degradantes: electrochoques, encadenamientos, violencia psicológica, acoso sexual y maltrato, violaciones sexuales “correctivas”, medicación forzada, entre otros.

En su mayoría, las víctimas ingresan a estos centros de manera forzada por parte de familiares que los recluyen sin su consentimiento y, en muchas ocasiones, pactan secuestros con dichos centros para el ingreso. El costo mensualizado en estas clínicas, va desde $500 a $1200, testifican las víctimas.

Respecto a sentencias condenatorias dictadas por el Sistema Judicial, solo se cuenta con una sanción resuelta en el caso caso “Zulema Constante”: 10 días de cárcel , para el propietario del establecimiento y seis dólares de indemnización para la víctima.
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-El Artículo 176 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), tipifica el El Artículo 176 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), tipifica el delito de Discriminación, delito de Discriminación, contra la persona que propague, practique contra la persona que propague, practique o incite a toda distinción, restricción, exclusión o preferencia en razón o incite a toda distinción, restricción, exclusión o preferencia en razón de sexo, identidad de género u orientación sexualde sexo, identidad de género u orientación sexual

Escrito por: 
Andrea Cifuentes